FIJO
CONDICIONES PARTICULARES

1. Objeto

Este Contrato tiene por objeto la comercialización del producto de electricidad FIJO en el CUPS que se indica.
El Contrato está compuesto por tres documentos:
1.1 Este documento de Condiciones Particulares.
1.2 El Anexo 1 de Condiciones Generales.
1.3 El Anexo 2 de Modelo de Desistimiento.

 

2. Facturación

2.1. Se factura una cuota fija mensual el día 1 de cada mes, por el importe correspondiente al mes siguiente (prepago). Esta
cuota fija mensual se determinará como la suma de los siguientes dos conceptos:
2.1.1 Cuota de potencia y alquiler de contador
Que se obtiene como resultado de dividir en doce (12) partes iguales el importe anual equivalente a la potencia contratada
al precio unitario del kW indicado, más el importe anual equivalente a la facturación del alquiler del contador.
2.1.2 Consumo que se obtiene como resultado de dividir en doce (12) partes iguales el consumo anual estimado con base en
el histórico de cada cliente aplicando el precio unitario del kWh indicado.
2.2 En caso de tratarse de la primera factura, el día 1 del mes se factura la parte proporcional de la cuota fija mensual del mes
anterior (vencido) pro-rateada por los días de servicio y la cuota fija mensual del mes en curso (prepago).
2.3 Revisión del consumo facturado
2.3.1 Si el consumo real fuera inferior al contratado, GEOAL aplicará a la diferencia el precio de la electricidad según lo
indicado, y realizará un abono en la cuenta bancaria principal del cliente en los siete (7) días siguientes a la finalización del
Contrato.
2.3.2 Si el consumo real fuera superior al contratado, GEOAL aplicará a la diferencia el precio de la electricidad según lo
indicado, y la cantidad resultante será: i) dividida por doce (12) y sumada a la cuota fija mensual del siguiente período en el
caso de que el cliente decidiera renovar el Contrato con GEOAL; ii) facturada en la fecha de finalización del Contrato en caso
de que el cliente decidiera no renovar el Contrato con GEOAL.
2.3.3 Si, durante los seis primeros meses del contrato, GEOAL recibiera una medida de la distribuidora de la que se derivara
un consumo del cliente superior o inferior en más de un 50% al consumo que GEOAL estimó para el cliente en el periodo de
tiempo al que se refiere la medida de la distribuidora, GEOAL podrá, unilateralmente, regularizar de inmediato el importe a
facturar en función de la medida recibida de la distribuidora.

CONTRATO DE PRODUCTOS DE ELECTRICIDAD Y GAS
GEO ALTERNATIVA, SL
CONDICIONES GENERALES
(marca comercial Podo)

1. Objeto

Este Anexo 1 tiene por objeto establecer las Condiciones Generales de comercialización de energía eléctrica y gas, por parte de GEO Alternativa S.L. (a la que en adelante nos referimos como GEOAL) al Cliente.
El Contrato está compuesto por tres documentos:
1.1 El documento de Condiciones Particulares (consultar en el Área Clientes).
1.2 Este Anexo 1 de Condiciones Generales.
1.3 El Anexo 2 de Modelo de Desistimiento.

 

2. Precio de electricidad

El Precio que el Cliente está obligado a pagar a GEOAL, de acuerdo a lo indicado en las Condiciones Particulares, incluye los siguientes conceptos:
2.1. El importe de la electricidad en función del consumo medido o estimado en kilovatios hora (kWh).
2.2. El importe de los servicios adicionales prestados por GEOAL.
2.3. El importe repercutido de la tarifa de acceso o peaje que se paga a la Distribuidora, los cuales están regulados por la Orden IET/107/2014 o cualquiera posterior que los modifique o sustituya. Dado que GEOAL recomendará periódicamente la tarifa más conveniente para el Cliente, y que en consecuencia la tarifa contratada con la Distribuidora podrá variar en el transcurso del Contrato, el importe del peaje dependerá de la tarifa seleccionada en cada momento. El peaje se divide en dos conceptos: i) un término de potencia que se paga en función de la potencia contratada medida en kilovatios (kW) y día de servicio; ii) un término de energía que se paga en función del consumo medido en kilovatios hora (kWh).
2.4. El importe repercutido del alquiler de equipos de medida (cuando éstos sean propiedad de la Distribuidora) y otros servicios de gestión de la Distribuidora.
2.5. El impuesto de la electricidad (en la actualidad, 5,11269632%).
2.6. El impuesto sobre el valor añadido (en la actualidad, 21%) o el Impuesto General Indirecto Canario (según el tipo impositivo aplicable a cada concepto facturado).
2.7. Cualquier otra figura impositiva, carga o tasa fijada por una administración competente vigente durante la duración del Contrato. Los importes 2.1. y 2.2. serán fijos durante la vigencia del Contrato. Los importes 2.3., 2.4., 2.5., 2.6. y 2.7. se determinan en función de los valores regulados por la Administración competente. Cualquier variación en dichos valores regulados durante la vigencia de este Contrato podrán ser trasladados al Precio que el Cliente está obligado a pagar, de acuerdo con
lo indicado en las Condiciones Particulares en el momento de la contratación, sin que ello otorgue derecho al desistimiento o resolución del Contrato por parte del Cliente. Con el fin de simplificar la estructura del Precio ofertado por GEOAL al Cliente, los importes anteriores serán agrupados en dos conceptos:
2.8 Una cantidad fija mensual no dependiente del consumo, que agregará los conceptos 2.2., 2.3.i), y 2.4., y que se calculará dividiendo por doce (12) meses el importe anual agregado de los mismos.
2.9 Un Precio de la electricidad por unidad de consumo en kilovatios hora que sumará los conceptos 2.1. y 2.3.ii) anteriores.
A estos dos conceptos se añadirán los impuestos 2.5. y 2.6.de forma desglosada, y se repercutirán las figuras impositivas aglutinadas en 2.7

3. Precio de gas

El Precio que el Cliente está obligado a pagar a GEOAL, de acuerdo a lo indicado en las Condiciones Particulares, incluye los siguientes conceptos:
3.1 El importe del gas natural en función del consumo medido o estimado en kilovatios hora (kWh).
3.2 El importe de los servicios adicionales prestados por GEOAL.
3.3 El importe repercutido de la tarifa de acceso o peaje que se paga a la Distribuidora los cuales están regulados por las Órdenes IET/2446/2013, IET/2445/2014 o cualquiera posterior que las modifique o sustituya. Dado que tanto GEOAL como la Distribuidora podrían recomendar periódicamente la tarifa más conveniente para el Cliente, y que en consecuencia la tarifa contratada con la Distribuidora podrá variar en el transcurso del Contrato, el importe del peaje dependerá de la tarifa seleccionada en cada momento. El peaje se divide en dos conceptos: i) un término fijo que se paga en función de la tarifa y día de servicio; ii) un término de energía que se paga en función del consumo medido en kilovatios hora
(kWh).
3.4 El importe repercutido del alquiler de equipos de medida (cuando éstos sean propiedad de la Distribuidora) y otros servicios de gestión de la Distribuidora.
3.5 El impuesto sobre hidrocarburos (en la actualidad: 0,00234 €/kWh).
3.6 El impuesto sobre el valor añadido (en la actualidad, 21%) o el Impuesto General Indirecto Canario (según el tipo impositivo aplicable a cada concepto facturado).
3.7 Cualquier otra figura impositiva, carga o tasa fijada por una administración competente vigente durante la duración del Contrato.
Los importes 3.1. y 3.2. serán fijos durante la vigencia del Contrato. Los importes 3.3., 3.4., 3.5., 3.6. y 3.7. se determinan en función de los valores regulados por una Administración competente. Cualquier variación en dichos valores regulados durante la vigencia de este Contrato podrán ser trasladados al Precio que el Cliente está obligado a pagar de acuerdo a lo indicado en las Condiciones Particulares en el momento de la contratación, sin que ello otorgue derecho al desistimiento o resolución del Contrato por parte del Cliente.
Con el fin de simplificar la estructura del Precio ofertado por GEOAL al Cliente, los importes anteriores serán agrupado sendos conceptos:
3.8 Una cantidad fija mensual no dependiente del consumo, que agregará los conceptos 3.2., 3.3.i), y 3.4., y que se calculará dividiendo por doce (12) meses el importe anual agregado de los mismos.
3.9 Un Precio del gas natural por unidad de consumo en kilovatios hora que sumará los conceptos 3.1. y 3.3.ii) anteriores.
A estos dos conceptos se añadirán los impuestos 3.5. y 3.6. de forma desglosada, y se repercutirán las figuras impositivas aglutinadas en 3.7.

4. Facturación de electricidad

La facturación se realizará con carácter mensual por meses naturales el día uno (1) de cada mes.
GEOAL emitirá una factura que estará compuesta por dos conceptos:
4.1 La cantidad fija mensual no dependiente del consumo de acuerdo a 2.8. que se facturará por mes anticipado.
4.2 El consumo de electricidad al que se aplicará el Precio de la electricidad de acuerdo a 2.9 que se facturará por mes vencido con base en las lecturas de consumo realizadas por la Distribuidora, que es la responsable legal de su realización.
En el supuesto de faltar la lectura real de la Distribuidora en el momento de la facturación, el Cliente autoriza expresamente a GEOAL a facturar una cantidad estimada que se calculará con base en las lecturas reales disponibles en el mes complementadas con las estimaciones de consumo realizadas por GEOAL con base en el consumo histórico de forma específica para cada Cliente. Una vez que se disponga de las lecturas reales de consumos, se procederá a la correspondiente regularización. Alternativamente el Cliente podrá remitir su propia lectura de consumo a través de la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com, con base en el cual GEOAL emitirá la factura, salvo que la misma sea manifiestamente incoherente con el perfil de consumo del Cliente.
A estos dos conceptos se añadirán los impuestos 2.5. y 2.6. de forma desglosada, y las figuras impositivas aglutinadas en 2.7.
4.3 Adicionalmente, cuando aplique, GEOAL facturará al Cliente los derechos de acceso, extensión, enganche, reconexión, y verificación, y cualquier otro concepto que sea preciso pagar a la Distribuidora como consecuencia de una actuación o gestión llevada a cabo por la misma.

5. Facturación de gas

La facturación se realizará con carácter mensual por meses naturales el día uno (1) de cada mes.
GEOAL emitirá una factura que estará compuesta por dos conceptos:
5.1 La cantidad fija mensual no dependiente del consumo de acuerdo con 3.8. que se facturará por mes anticipado.
5.2 El consumo de gas natural al que se aplicará el Precio del gas natural de acuerdo con 3.9 que se facturará por mes vencido con base en las lecturas de consumo realizadas por la Distribuidora, que es la responsable legal de su realización.
En el supuesto de faltar la lectura real de la Distribuidora en el momento de la facturación, el Cliente autoriza expresamente a GEOAL a facturar una cantidad estimada que se calculará con base en las lecturas reales disponibles en el mes complementadas con las estimaciones de consumo realizadas por GEOAL con base en el consumo histórico de forma específica para cada Cliente. Una vez que se disponga de las lecturas reales de consumos, se procederá a la correspondiente regularización. Alternativamente el Cliente podrá remitir su propia lectura de consumo a través de la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com, con base en el cual GEOAL emitirá la factura, salvo que la misma sea manifiestamente incoherente con el perfil de consumo del Cliente.
A estos dos conceptos se añadirán los impuestos 3.5. y 3.6.de forma desglosada, y las figuras impositivas aglutinadas en 3.7.
5.3 Adicionalmente, cuando aplique, GEOAL facturará al Cliente los derechos de acceso, extensión, enganche, reconexión, verificación, de inspección periódica y cualquier otro concepto que sea preciso pagar a la Distribuidora como consecuencia de una actuación o gestión llevada a cabo por la misma.

6. Acceso a las facturas

El Cliente podrá descargar sus facturas a través de la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com. De forma adicional, se le enviará un correo electrónico a la dirección de
e-mail que haya facilitado, con un enlace hipervínculo para el acceso a su Zona de Cliente, donde podrá descargar sus facturas.
El Cliente podrá solicitar la modificación del medio por el que recibirá su factura comunicándoselo a GEOAL a través de cualquiera de los medios de comunicación previstos en las presentes Condiciones Generales. La recepción de la factura en papel no conllevará coste para el Cliente.

7. Pago

El pago se realizará por domiciliación bancaria a la cuenta indicada por el Cliente, el cual podrá cargarse en la cuenta del cliente a partir del mismo día de emisión de la factura.
En el proceso de contratación, el Cliente se obliga a realizar una orden de domiciliación SEPA (la zona única de pagos de la Unión Europea) en la plataforma de pagos con la que opere GEOAL en cada momento, de forma que autorizará a la citada plataforma de pagos a enviar instrucciones a la entidad bancaria del Cliente para adeudar en su cuenta los importes de los pagos de acuerdo a lo que se estipula en este
Contrato, todo ello siguiendo las instrucciones de GEOAL y de acuerdo al formato del Anexo 2. El proceso de contratación no se considerará completado, y por tanto, hasta que el Cliente no haya autorizado la citada orden de domiciliación SEPA. GEOAL permite que el pago pueda ser fraccionado en varias cuentas bancarias:
7.1 Una Cuenta Bancaria Principal de la cual es titular el Cliente.
7.2 Varias Cuentas Bancarias Subordinadas cuyos titulares podrán ser diferentes al Cliente. Por cada una de dichas Cuentas Bancarias Subordinadas, GEOAL realizará un cargo único anual por el importe que se especifica en las Condiciones Particulares (al que se añadirá el IVA correspondiente) debido al coste adicional de domiciliación bancaria asociado a cada una de ellas.
7.3 A través de la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com, el Cliente deberá especificar el porcentaje (%) del importe de la factura que se cargará a la Cuenta Bancaria Principal, y a cada una de las Cuentas Bancarias Secundarias, de forma que la suma de todos los porcentajes debe ser 100%. Para cada una de las Cuentas Bancarias Subordinadas el Cliente debe indicar el titular de la cuenta bancaria, y GEOAL emitirá una factura a su nombre con el porcentaje asociado sobre la factura total.
7.4 En caso de impago en una de las Cuentas Bancarias Subordinadas, el Cliente autoriza a GEOAL a realizar el cargo de la cantidad impagada en la Cuenta Bancaria Principal.
7.5 Las facturas cuyo pago no se haya podido hacer efectivo en su totalidad en la fecha de cargo por causas no atribuibles a GEOAL se considerarán deuda vencida y generarán intereses de demora del interés legal del dinero más el 3% anual sobre dicha deuda vencida. En caso de devolución de la domiciliación del pago de la factura, GEOAL trasladará al Cliente los costes financieros ocasionados por la misma.

8. Duración

Este Contrato entrará en vigor en el momento de su firma y tendrá una duración inicial de doce (12) meses contados a partir del primer día del mes siguiente al cual se inicia el suministro efectivo de electricidad y o gas (la posterior de ambas fechas) al Cliente. A la finalización del plazo de duración inicial, el Contrato se prorrogará automáticamente por períodos de doce (12) meses si ninguna de las partes notifica a la otra, por escrito con quince (15) días de antelación a la finalización del período de vigencia del Contrato a través de la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com, su voluntad de resolverlo.
Asimismo, con treinta (30) días de antelación a la finalización de cada período de doce (12) meses, GEOAL comunicará al Cliente las nuevas Condiciones Particulares vigentes para el siguiente período que se considerarán aceptadas por el Cliente en caso de que no haya indicado su voluntad de resolución.
El Cliente y GEOAL podrán desistir unilateralmente del presente Contrato en cualquier momento, comunicándolo por escrito a la contraparte correspondiente con quince (15) días de
antelación.
En caso de que, por causa del Cliente, se rescindiera el Contrato antes de la finalización del período de permanencia establecido en las Condiciones Particulares, si lo hubiese, desde el inicio del suministro efectivo de electricidad, GEOAL repercutirá al cliente una penalización equivalente al 5% del precio del Contrato por la energía estimada pendiente de suministro.
GEOAL dispondrá de quince (15) días laborables a partir de la celebración de este Contrato para verificar la solvencia del Cliente. En particular, GEOAL podrá comprobar la solvencia del Cliente a través de procedimientos automatizados de comprobación de solvencia financiera (“scoring”), mediante la
obtención de datos de las entidades bancarias facilitadas por el Cliente o a través de ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Durante dicho plazo, GEOAL podrá solicitar al Cliente la prestación de una garantía suficiente en forma de depósito o aval bancario cuya cuantía no excederá del importe estimado de la facturación durante tres (3) meses, en caso de que el Cliente no prestara dicha garantía GEOAL podrá resolver el Contrato.
Asimismo, GEOAL podrá resolver el Contrato en caso de que el Cliente, en cualquier momento a lo largo de su Contrato, no tuviera la orden de domiciliación SEPA activa y vigente.
El Cliente tendrá la obligación de realizar los pagos correspondientes a los suministros de electricidad, gas, y servicios realizados desde la contratación hasta la resolución del Contrato por alguna de las causas indicadas en la presente cláusula 8 o en la cláusula 9. La resolución del Contrato llevará aparejada la suspensión, baja, o transferencia del Contrato a la Comercializadora de Referencia (COR) inmediata del suministro. La suspensión llevará aparejada la instrucción a la Distribuidora para que suspenda el acceso de red.
En todo caso, si el Cliente desiste del Contrato antes de la finalización del periodo de duración en vigor, perderá el derecho a todos los descuentos, bonificaciones o beneficios aplicados por GEOAL durante dicho periodo.

9. Suspensión del suministro

En caso de suspensión del suministro eléctrico y/o de gas por causa de fuerza mayor, GEOAL actuará en nombre e interés del Cliente frente a la Distribuidora para reclamar el restablecimiento del suministro lo antes posible. GEOAL podrá iniciar el procedimiento legal para la suspensión del suministro eléctrico y/o de gas en caso de verificación de impago por el Cliente, pudiendo además instruir a la
Distribuidora para que suspenda el acceso de red hasta que el Cliente regularice su situación, satisfaciendo el importe de la deuda impagada a la que se añadirán los intereses y gastos aplicables. En caso de suspensión, el suministro se reanudará una vez pagada la deuda. GEOAL podrá condicionar el
reenganche del suministro a la prestación por parte del Cliente de una garantía suficiente en forma de depósito o aval bancario cuya cuantía no excederá del importe estimado de la facturación durante tres (3) meses. En todo caso, transcurridos veinte (20) días naturales a contar desde la fecha de vencimiento del plazo de pago de una factura, sin que se haya hecho efectivo el pago de la totalidad
de la misma, GEOAL podrá ejercitar su derecho a resolver el presente Contrato por impago del Cliente, el cual podrá derivar así mismo en una baja por impago del Contrato existente entre el cliente y la distribuidora. Alternativamente, GEOAL podrá transferir el Contrato a la Comercializadora de Referencia en los casos en los que la Distribuidora no ejecute la suspensión o baja.
GEOAL realizará todas las comunicaciones relativas a impagos, incluidas las relativas a la suspensión del suministro o a la resolución de los Contratos, a través del correo electrónico que el titular del presente Contrato indica en el momento de realizar la contratación (mail de contacto), o a través de
cualquier dirección de correo electrónico de contacto que indique a GEOAL durante la prestación del servicio.
Imputación de pagos: con carácter previo al pago del principal, se deberán abonar por el Cliente los intereses de demora y demás gastos que, en su caso, fuesen debidos. En el supuesto de que el Cliente tuviese contratados otros servicios con GEOAL y fuesen efectuados pagos parciales será facultad del Cliente declarar a cuál de las deudas debe aplicarse el pago, en los términos establecidos en el Código Civil. En caso que el Cliente no ejercitase esta facultad y una vez cubiertos los intereses y gastos, se imputarán los pagos a las facturas vencidas de mayor antigüedad de cualquier suministro o servicio prestado por GEOAL.

10. Derecho de desistimiento

El Cliente podrá desistir del presente Contrato sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase, dentro del plazo máximo de catorce (14) días naturales desde la fecha de formalización del mismo, siempre que el Cliente tenga la consideración de consumidor según lo establecido en el artículo 3 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Quedan excluidos del derecho de desistimiento los Contratos de suministro relacionados con una actividad comercial, empresarial, oficio o profesión del Cliente. Para ejercer el citado derecho a desistimiento el Cliente dispondrá de un formulario on-line en la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com. Así mismo, podrá remitir el formulario cumplimentado cuyo modelo aparece en el Anexo 3 del Contrato a la dirección de correo electrónico clientes@mipodo.com.
En todo caso, el Cliente autoriza a GEOAL a que inicie la prestación del suministro eléctrico y servicios objeto de este Contrato durante el plazo de desistimiento antes indicado.
El Cliente tendrá la obligación de realizar los pagos correspondientes a los suministros de electricidad y servicios realizados desde la contratación hasta el desistimiento y cambio efectivo a otro comercializador.

11. Modificación del Contrato

La modificación del presente Contrato, salvo que sea consecuencia de cambios en la normativa aplicable o de la decisión vinculante de un órgano judicial o administrativo, será notificada al Cliente con una antelación mínima de quince (15) días a su entrada en vigor, informándole de su derecho a resolver el contrato sin penalización alguna si no estuviese de acuerdo con dicha modificación. En caso de discrepancia entre las Condiciones Generales del Contrato y las Condiciones Particulares, prevalecerán las Condiciones Particulares

12. Autorización

La firma de este Contrato implica la autorización expresa del Cliente a GEOAL para contratar con la Distribuidora el acceso a las redes en nombre del Cliente. El Cliente así mismo autoriza expresamente a GEOAL a modificar el contrato de acceso con objeto de ofrecer al Cliente las condiciones económicas
recogidas en las Condiciones Particulares. En cualquier caso, de acuerdo con la normativa aplicable, el Cliente mantendrá con la Distribuidora todos los derechos relativos al contrato de acceso y, en caso de resolución de este Contrato, será titular del depósito de garantía que pudiese existir, así como de cualquier otro derecho asociado a la instalación. La aceptación del Contrato supone la autorización del Cliente a GEOAL para que actúe ante la Distribuidora, realizando cuantas gestiones sean necesarias para el buen fin del suministro y para la modificación y cancelación del contrato de acceso que con anterioridad a la fecha del presente Contrato pudiera tener establecido con otras comercializadoras.

13. Cambio de titularidad

Para el cambio de titularidad del Contrato, el Cliente deberá comunicarlo de forma fehaciente a GEOAL y deberá estar al corriente en el pago. Esta comunicación contendrá la conformidad del nuevo Cliente al que se realiza la cesión de titularidad, que deberá hacer constar sus datos personales, deberá acreditar debidamente la titularidad, y deberá autorizar la domiciliación bancaria en los términos previstos en la cláusula 7.
Además, GEOAL dispondrá de quince (15) días laborables a partir de la notificación del cambio de titular para verificar la solvencia del nuevo titular en los términos previstas en la cláusula 8.
Con el cambio de titularidad, GEOAL podrá proponer unas nuevas condiciones al nuevo Cliente. En caso de no hacerlo, el nuevo Cliente continuará con el contrato en idénticas condiciones a las pactadas con el anterior titular, a quien se le restituirá, en su caso, el depósito o garantía que hubiera constituido y se exigirá un nuevo depósito o garantía al nuevo Cliente si ello fuera procedente. En caso de acordarse la subrogación de un nuevo cliente en el Contrato, éste asumirá todos los derechos y obligaciones que pudieran corresponder al anterior titular.
Cualquier nuevo Cliente podrá cambiar la titularidad del Contrato, sin necesidad de la aceptación fehaciente del titular anterior, siempre que disponga de justo título del punto de suministro objeto del Contrato.

14. Contratación a distancia

De conformidad y en aplicación de la vigente Ley de Servicios de la Información y de Comercio Electrónico, las Partes acuerdan y consienten de manera expresa que todas las cuestiones relacionadas con el desarrollo y ejecución del presente Contrato, incluida la validez y eficacia en la realización
de notificaciones, así como la contratación de cualquier otro tipo de producto o servicio, sea o no energético, que GEOAL pueda ofrecer al Cliente, puedan ser realizados por medios telefónicos, electrónicos o telemáticos, mediante utilización de sistemas de códigos concretos de identificación o de claves específicas de seguridad que puedan ser facilitados para estos fines por GEOAL. Para ello, GEOAL pone a disposición del Cliente la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com.

15. Tratamiento de datos personales

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Europeo 679/2016, de 27 de abril, de Protección de Datos de Carácter Personal (RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD), el Cliente queda informado del tratamiento de los datos facilitados en el presente Contrato, así como de los que con posterioridad se deriven de las relaciones contractuales, por parte de GEO Alternativa, SL, en adelante, GEOAL, con CIF B-87382644 y domicilio social en Antonio Maura, 18, 2º B, 28014 Madrid, que garantiza su seguridad
y tratamiento confidencial, con la finalidad de gestionar sus relaciones contractuales y de prestación de servicios con GEOAL.
El Cliente es responsable de la veracidad de los datos comunicados en todo momento a GEOAL, comprometiéndose a solicitar su modificación, siempre que fuese necesario, para asegurar una correcta prestación de los servicios contratados.
En caso de que, para la gestión del presente Contrato, hayan de comunicarse datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas de aquélla que efectúa la contratación, por ejemplo, para poder prestar el servicio, contactar o gestionar cualquier asunto o trámite, el Cliente se obliga a informar
previa y expresamente al titular de esos datos del contenido de esta cláusula y a obtener su consentimiento, con carácter previo a la comunicación de los mismos, de acuerdo con lo exigido en el artículo 7 RGPD. En ningún caso GEOAL será responsable del tratamiento no autorizado de dichos datos de
terceros por parte del Cliente.
El Cliente queda informado de que GEOAL podrá consultar ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, si precisa enjuiciar la solvencia económica del interesado para la prestación del servicio por parte GEOAL.
El Cliente queda informado de que, en caso de no producirse el pago en los términos previstos en la cláusula 7 del presente Contrato y de cumplirse todos los requisitos que exige el RGPD y la LOPD, los datos relativos al impago podrán ser comunicados a los ficheros relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias.
El Cliente queda informado de que los datos relativos al presente Contrato serán comunicados a la Administración Tributaria para las finalidades previstas en la ley 58/2003 General Tributaria y/o Ley 36/2006, de medidas para la prevención del fraude fiscal, así como a cualquier otra Administración para la finalidad que legalmente se determine. Igualmente, queda informado de que los datos necesarios para gestionar el acceso a la red, identidad del Cliente, dirección, consumo y las situaciones de impago, serán comunicados a la Distribuidora y quedarán incorporados en el fichero del Sistema de Información de Puntos de Suministro, cuyo responsable es la Distribuidora, para el tratamiento de datos y prestación de servicios que corresponda. De este modo, podrán tener acceso la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC) y las comercializadoras que lo soliciten y les corresponda conocer esta información.
El Cliente podrá prohibir expresamente la difusión de estos datos mediante escrito dirigido a la Distribuidora, salvo que se encuentre en situación de impago en cuyo caso constará su CUPS y la información de dicha situación puesto que prevalece este derecho a esta información frente a la protección de datos para poder prestar el servicio. El Cliente queda informado de que GEOAL podrá utilizar los datos facilitados con la finalidad promocional de ofrecerle, de forma segmentada y personalizada, información acerca de productos y servicios, propios o de terceros, promocionados
por GEOAL, previo consentimiento expreso por parte del Cliente. En la casilla, previo a la firma del contrato, deberá aceptar este tratamiento expresamente, en su caso.
El Cliente puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación en el tratamiento de sus datos personales, enviando un correo electrónico a clientes@mipodo.com, debiendo acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad (DNI) u otro documento identificativo. En caso de que un tercero solicitase un ejercicio de derechos en su nombre, deberá acreditar su identificación y acompañarlo de una autorización de su parte, junto con copia de su DNI o documento identificativo

16. Calidad de suministro

16.1 Calidad de suministro de electricidad
El suministro de energía eléctrica se realizará en las condiciones de regularidad y calidad establecidas en la normativa vigente (RD 1955/2000, artículos 101 a 103) y en aquélla que la sustituya
o modifique, atendiendo, principalmente a la continuidad del suministro (número y duración de las interrupciones) y a la calidad del producto (características de la onda de tensión).
La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Distribuidora de la zona, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
El incumplimiento de los índices de calidad dará lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el artículo 105 del RD 1955/2000 o normativa que lo sustituya o desarrolle. GEOAL tramitará ante la Distribuidora la reclamación de las bonificaciones y descuentos que deba satisfacer al Cliente ésta última, si se produjeran incumplimientos en la calidad de suministro y los trasladará a la factura una vez reconocidos.
Todo ello, sin perjuicio del derecho del Cliente a dirigirse directamente frente a la Distribuidora.
16.2 Calidad de suministro de gas
El suministro deberá realizarse en las condiciones de calidad establecidas en la normativa vigente (Real Decreto 1434/2002, artículos 63 a 65) y en aquella que la sustituya o modifique, atendiendo, principalmente a la continuidad del suministro (número y duración de las interrupciones) y a la calidad del producto (calidad del gas y odorización).
La responsabilidad sobre la disponibilidad y calidad del suministro es de la Empresa Distribuidora de la zona, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
El incumplimiento de los índices de calidad, dará lugar a los descuentos en la facturación establecidos en el artículo 66 del Real Decreto 1434/2002 o normativa que lo sustituya o desarrolle. GEOAL tramitará ante la Empresa Distribuidora la reclamación de las bonificaciones y descuentos que deba satisfacer al Cliente ésta última, en la calidad de suministro y los trasladará a la factura una vez reconocidos por si se produjeran incumplimientos.

17. Equipos medida

17.1. Equipos de medida de electricidad
El Cliente deberá disponer, durante la vigencia del Contrato, de un equipo de medida y control de la energía eléctrica suministrada en el punto de suministro que cumpla los requisitos técnicos legalmente establecidos. Los equipos de medida y control podrán ser propiedad del Cliente o estar en régimen de alquiler; el precio regulado de dicho alquiler será repercutido en el precio mensual que paga el Cliente.
Estos precios incluyen las siguientes labores, realizadas por la Distribuidora: la instalación, conexión o adaptación de los equipos, el mantenimiento, la lectura, la validación de los consumos y su envío al Operador del Sistema, de acuerdo a sus requerimientos. La conexión de las instalaciones y de los equipos de medida se realizará por la Distribuidora en las condiciones y plazos reglamentariamente establecidos (Real Decreto 1955/2000, Arts.103 y siguientes) o en la normativa que lo sustituya o modifique.
El Cliente permitirá el libre acceso a GEOAL y a la Distribuidora a las instalaciones de medida, para las tareas de instalación, lectura, inspección, mantenimiento, control y verificación.
El Cliente será responsable de custodiar adecuadamente los equipos de medida y control y se obliga a no manipular ninguno de los componentes de la instalación, y en especial el equipo de medida y control, exonerando en todo caso a GEOAL de cualquier contingencia que pudiera derivarse del incumplimiento de esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le fueran exigibles por
dicha manipulación.
17.2 Equipos medida de gas
La conexión de las instalaciones y de los equipos de medida se realizará por la Empresa Distribuidora en las condiciones y plazos establecidos en la normativa vigente (Real Decreto 1434/2002, Arts. 48 a 51) o en la normativa que lo sustituya o modifique.
El Cliente permitirá el libre acceso a GEOAL y a la Empresa Distribuidora a las instalaciones de medida, para las tareas de instalación, lectura, inspección, mantenimiento, control y verificación. Asimismo, facilitará el acceso a los datos de consumo.
En el caso de que el contador de gas natural instalado u otros componentes lo estén en régimen de alquiler, los precios a facturar por el mismo serán los establecidos por la normativa vigente en cada momento, que serán facturados por la Empresa Distribuidora a la Comercializadora y repercutidos por GEOAL al Cliente en el precio mensual. Estos precios incluyen las siguientes labores, realizadas por la Empresa Distribuidora: la instalación o adaptación de los equipos, el mantenimiento, la verificación y la validación de los consumos.
El Cliente será responsable de custodiar adecuadamente los equipos de medida y control y se obliga a no manipular ninguno de los componentes de la instalación, y en especial el equipo de medida y control, exonerando en todo caso a GEOAL de cualquier contingencia que pudiera derivarse del incumplimiento de esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente le fueran exigibles por dicha manipulación.

18. Reclamaciones y resolución de conflictos

El Cliente podrá formular reclamaciones a GEOAL por todos los canales de comunicación establecidos para ello y permanentemente actualizados en la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com:
– Por escrito, dirigido a Atención al Cliente – Reclamaciones, GEO Alternativa, SL, Avda. Burgos 16E, 1º, 28036 – Madrid
– Por escrito a la dirección de correo electrónico clientes@mipodo.com
– En la Zona de Cliente de la web https://micuenta.mipodo.com
– Por teléfono mediante llamada al 900 831 656
Asimismo, se informa al Cliente de que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Resolución Alternativa de Litigios, podrá acudir a la vía de resolución alternativa de conflictos, presentando la reclamación de cualquier incidencia ante Confianza Online (Asociación sin ánimo de lucro a la que GEOAL se encuentra adherida), inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones Grupo 1, Sección 1, número nacional 594400, CIF G85804011, Calle Castelló 24, Esc 1 2° izq., 28001 Madrid (España), teléfono (+34) 91 309 13 47 y fax (+34) 91 402 83 39 (www.confianzaonline.es) .
El Cliente podrá acudir a Confianza Online para la resolución alternativa de eventuales controversias, tanto telefónicamente en el número de teléfono anteriormente indicado como a través del siguiente enlace web: (https://www.confianzaonline.es/consumidores/como-reclamar/formulario-reclamaciones/).
Si no fuese posible solucionar la controversia a través de la mediación, el Cliente podrá acudir a un arbitraje ante la Junta Nacional de Consumo y/o ante las Juntas Arbitrales de ámbito autonómico con los que Confianza Online tenga suscrito un acuerdo.
Para el supuesto de que no se sometan a las entidades de resolución alternativa de litigios en materia de consumo o que estas no resulten competentes para la resolución del conflicto, los usuarios que sean personas físicas podrán someter la controversia al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, cuando
tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales, incluidos los previstos en la Ley 24/2013 y sin perjuicio de las competencias del resto de Administraciones Públicas. No podrán ser objeto del procedimiento anterior las controversias que se encuentren reguladas por otra normativa distinta de la de protección específica de los usuarios finales de energía eléctrica.
Igualmente, de conformidad con lo previsto en el Derecho Europeo, se informa al Cliente de que podrá acceder a la plataforma de resolución de litigios en línea de la Unión Europea siguiendo este enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr/.

19. Legislación y Jurisdicción

Este Contrato se rige por la legislación española que le sea de aplicación en cada momento y en particular, por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, por la Ley 8/2015, de 21 de mayo, del Sector de Hidrocarburos, y por las normativa de desarrollo, así como cualquier otra normativa
que modifique o sustituya a las dos leyes anteriores.
Para la resolución de cualquier conflicto en la interpretación y aplicación de este Contrato, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del lugar donde se preste el servicio de suministro, todo ello sin perjuicio de lo previsto en la cláusula 18 de las Condiciones Generales de este Contrato.

 

 

 

 

 

Estas Condiciones Generales de Contratación serán vigentes desde el 27 de febrero de 2019.

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Responsable:
(Tratamiento)
GEO ALTERNATIVA, S.L
(C/Calle Antonio Maura, 18, 2º B,28014 – Madrid. CIF B 87382644
Finalidad: Envío de información y/o gestión de los servicios.
Legitimación: Ejecución del contrato y/o consentimiento expreso.
Derechos: Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación y Portabilidad.
Destinatarios: No serán cedidos a terceros.
Ejercicio de derechos: Correo Electrónico dpo@mipodo.com
Más Información: Consulta la Política de privacidad en nuestra web.

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