El plazo depende de la situación del suministro
No hay un único plazo para todos los casos. Si la vivienda ya tiene suministro activo y solo cambia la persona titular, normalmente se tramita un cambio de titular, no un alta nueva. Si el suministro está dado de baja, hay que solicitar una reactivación o una nueva alta; el plazo dependerá del estado de la instalación, de la documentación y de si la distribuidora tiene que hacer obras.
Para nuevas extensiones de red en baja tensión, el Real Decreto 997/2025 fija cinco días hábiles cuando no hace falta ampliar la red. Si solo hay que ampliar la red, establece treinta días; si se debe instalar un centro de transformación, sesenta días, y si hacen falta varios, ochenta días. Estos plazos cuentan desde el pago de los derechos de acometida y no incluyen permisos ni autorizaciones. No son una promesa de que cualquier vivienda tendrá luz en cinco días.
Diferencias entre alta nueva reactivación y cambio de titular
Vivienda nueva sin suministro previo
- Qué se tramita: Nuevo punto o alta de suministro
- Qué suele determinar el plazo: Acometida, potencia, CIE, permisos y obras de red
Vivienda con suministro dado de baja
- Qué se tramita: Reactivación o alta, según el estado del contrato y los derechos
- Qué suele determinar el plazo: Antigüedad de la instalación, revisión del CIE, contador y gestión de la distribuidora
Vivienda con suministro activo y nuevo residente
- Qué se tramita: Cambio de titular
- Qué suele determinar el plazo: Datos del nuevo titular y tramitación del contrato; no suele implicar un corte
Cambio de compañía con suministro activo
- Qué se tramita: Cambio de comercializadora
- Qué suele determinar el plazo: Validación de datos y proceso entre comercializadora y distribuidora
Antes de solicitar el alta, pide el CUPS y confirma si la vivienda tiene contrato activo. La guía de Podo sobre cómo obtener el CUPS explica dónde localizarlo. Para entender quién interviene, consulta la diferencia entre comercializadora y distribuidora.
Pasos del trámite
1. Comprobar el estado
- Quién interviene: Nuevo residente y comercializadora
- Qué ocurre: Se confirma si el suministro está activo, dado de baja o nunca conectado
2. Preparar datos
- Quién interviene: Titular y, si hace falta, instalador
- Qué ocurre: Se facilitan CUPS, dirección, potencia y documentos de la instalación
3. Solicitar el contrato
- Quién interviene: Comercializadora
- Qué ocurre: Recibe la solicitud y la comunica a la distribuidora cuando corresponde
4. Revisar y ejecutar
- Quién interviene: Distribuidora
- Qué ocurre: Valida el punto, activa el contador o programa las obras necesarias
5. Facturar derechos aplicables
- Quién interviene: Comercializadora y distribuidora
- Qué ocurre: Los derechos que correspondan aparecen en la primera factura
La distribuidora realiza la conexión y opera la red de la zona; la comercializadora contrata la energía y gestiona el suministro con el cliente. Si falta documentación o hay que corregir la instalación, el trámite puede detenerse hasta resolverlo.
Documentación que pueden solicitar
Ten preparado el CUPS o la dirección completa, DNI/NIE del titular, un teléfono y correo de contacto, el IBAN y la potencia que quieres contratar. En una vivienda nueva o en una instalación que haya sido modificada puede ser necesario un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) en vigor. La comunidad autónoma puede exigir documentación adicional según el tipo de vivienda y el estado de la instalación.
Si no sabes qué potencia pedir, consulta cómo calcular la potencia eléctrica antes de enviar la solicitud. Elegir una potencia adecuada evita solicitar un cambio poco después del alta.
Cuánto cuesta dar de alta la luz
Cuando se cobran los derechos de acometida en baja tensión, los importes regulados de referencia son 17,374714 €/kW por extensión, 19,703137 €/kW por acceso y 9,044760 € por enganche, antes de impuestos. El importe depende de la potencia solicitada, del historial del punto y de qué derechos sigan vigentes. No todos los conceptos se cobran en todas las situaciones.
Extensión
- Importe de referencia en baja tensión: 17,374714 €/kW
- Cómo se calcula: Por cada kW de potencia solicitada cuando corresponde
Acceso
- Importe de referencia en baja tensión: 19,703137 €/kW
- Cómo se calcula: Por cada kW de potencia solicitada cuando corresponde
Enganche
- Importe de referencia en baja tensión: 9,044760 € por actuación
- Cómo se calcula: Importe por la actuación de conexión
La normativa publicada en el BOE contiene los importes regulados. Como ejemplo, para una potencia de 4,6 kW, si correspondieran los tres derechos, el subtotal sería aproximadamente 179,60 € antes de impuestos. El ejemplo no incluye un nuevo CIE, obras de acometida, reparación de la instalación ni otros trabajos que puedan ser necesarios.
Si el suministro permanece activo y solo cambia el titular o la comercializadora, no se trata de un nuevo alta con todos esos derechos. Confirma el estado del contrato antes de pagar o aceptar un presupuesto.
Qué puede alargar la fecha de conexión
La fecha se puede desplazar si el CIE no está disponible o necesita renovación, si la potencia supera la capacidad de la instalación, si faltan datos del CUPS, si se requiere una visita técnica o si hay que ampliar la red. Las autorizaciones y permisos también pueden añadir tiempo; no se incluyen en algunos plazos legales de ejecución de obras.
El calendario de la distribuidora empieza cuando dispone de la solicitud completa y, para las obras de nueva extensión indicadas en la norma, desde que se han abonado los derechos de acometida. Pide a la comercializadora el estado del expediente y qué documento o actuación falta. Si el suministro sigue activo, puedes consultar el proceso para dar de alta la luz después de una mudanza.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda si no hay que hacer obras?
No existe una fecha universal para cada reactivación. Para nuevas extensiones de baja tensión sin ampliación de red, la norma establece cinco días hábiles desde el pago de los derechos. La situación concreta del suministro y la documentación pueden cambiar el trámite.
¿Cambiar el titular es lo mismo que dar de alta la luz?
No. Si hay un contrato activo, normalmente se solicita un cambio de titular. Si el contrato se dio de baja, puede hacer falta reactivar el suministro o solicitar un alta nueva.
¿Quién realiza el alta de la luz?
El cliente solicita el contrato a una comercializadora. Esta tramita el acceso con la distribuidora, que opera la red, revisa el punto y realiza la activación o las obras que correspondan.
¿Qué documentos necesito?
Como mínimo, suelen pedir los datos del titular, el CUPS o la dirección, el IBAN y la potencia deseada. En determinados casos también pueden pedir un CIE y documentación adicional de la vivienda.
¿Cuánto cuestan los derechos de alta?
Depende de la potencia y de qué derechos sean aplicables al punto. Los importes regulados de extensión, acceso y enganche aparecen desglosados en la primera factura cuando corresponde.
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Solicita el alta con los datos preparados
Antes de contratar, confirma el CUPS, el estado del suministro, la potencia y la validez del CIE. Si necesitas comparar una tarifa para la nueva vivienda, consulta las tarifas de luz de Podo y pregunta por el estado de la gestión y por cualquier documento pendiente.








